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El Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) se encarga de contabilizar la maquinaria agrícola nueva, las transferencias entre agricultores y la incorporación de otras máquinas a la agricultura. En todos los Servicios Provinciales y dependiente de las Consejerías de Agricultura de las Comunidades Autónomas existe este tipo de registro.

Inscripciones

Según el Real Decreto 1013/2009 y el Real Decreto 346/2012 es obligatorio inscribir en el ROMA las siguientes máquinas:

  • Tractores agrícolas y forestales de cualquier tipo y categoría.
  • Motocultores.
  • Tractocarros.
  • Máquinas automotrices de cualquier tipo, potencia y peso.
  • Máquinas arrastradas de más de 750 mg de masa máxima con carga admisible del vehículo en circulación (MMA).
  • Remolques agrícolas.
  • Cisternas para el transporte y distribución de líquidos.
  • Equipos de tratamientos fitosanitarios arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso.
  • Equipos de distribución de fertilizantes arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso.
  • Las máquinas no incluidas en algunos de los apartados anteriores, para cuya adquisición se hay concedido un crédito o una subvención oficial.
  • Aquellas máquinas no contempladas anteriormente y que determinen las comunidades autónomas.

Recuerda que en Maxideza (Lalín, Pontevedra) te asesoramos con cualquier duda que tengas sobre maquinaria agrícola, forestal y jardinería, tanto nueva como usada.  También disponemos de taller en nuestras instalaciones para reparaciones y de servicio de atención al cliente las 24 horas para urgencias.

Fuente: MAPAMA